El Banco Central informó que levantará el bloqueo a las cuentas que cumplan con la medida dispuesta.
Luego de que el Banco Central dispusiera el bloqueo de unas 20.000 cuentas en las que se detectaron “movimientos inusuales” en la compra de dólares, ahora la entidad financiera informó que podría levantar la suspensión.
Para ello, los clientes deberán cumplir con una “autorización especial” que obliga a todas aquellas personas sancionadas a vender al menos una suma de divisas idéntica a la que en su momento adquirieron en forma indebida.
El Banco Central informó que está habilitada la compra del cupo mensual de 200 dólares
La medida, que fue dictada el 29 de septiembre pasado por el BCRA, establece que los sancionados podrán volver a moverse en forma oficial dentro del mercado cambiario en caso de que acrediten esta venta ante la entidad conducida por Miguel Pesce. Por ejemplo, el que compró USD300 mensuales cuando el monto máximo ya era de solo 200, únicamente podrá ser rehabilitado si acredita que vendió 100 dólares.
Una vez que la persona venda el excedente de dólares, deberá presentar una nota ante la Superintendencia de Entidades Financieras y Cambiarias para acreditar la operación.
Alberto Fernández: “Los dólares son para producir, no para guardar”
El organismo es el encargado de publicar las “listas negras” de inhabilitados para operar con moneda extranjera.
Una vez que el BCRA pueda comprobar la legitimidad de la venta, volverá a habilitar a este individuo para operar en el mercado de cambios.
Dólares: quiénes están alcanzados por la resolución
La normativa alcanza a todos aquellos individuos que adquirieron moneda estadounidense por encima del límite mensual permitido de USD200, así como también a todos aquellos que hicieron operaciones con los denominados “dólar Bolsa” o “contado con liqui” sin haber respetado el lapso oficial de 90 días desde la última vez en que compraron el “dólar ahorro”.
Los empleados que cobran por ATP no podrán comprar los 200 dólares mensuales
Cabe remarcar que una vez que el interesado sea habilitado para comparar dólares, deberá cumplir con las normas que el Gobierno dispuso a partir del pasado 15 de septiembre para la adquisición de la moneda norteamericana.
Es decir, no podrán comprar dólar ahorro todos aquellos individuos que durante la pandemia hayan recibido algún tipo de ayuda estatal como lo son el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE); el Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) para cobrar la mitad de su sueldo; los préstamos a tasa cero o quienes obtuvieron la refinanciación automática por algún tipo de deuda que mantenían con las compañías emisoras de tarjetas de crédito.
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Fuente: 20 mil personas suspendidas por comprar dólares podrán volver a hacerlo si venden una parte de sus divisas. Por Radio Mitre.