La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica prohibió la comercialización de dos productos en las últimas horas.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la comercialización en un aceite de coco por no cumplir la normativa alimentaria vigente y de otros productos médicos.
A través del Boletín oficial en la Disposición 7112/2020, se informó la prohibición de la venta del aceite de coco marca “SATTVIKKO”.
La denuncia contra el “Aceite de Coco Neutro Orgánico, marca SATTVIKKO, por 660 cc” la inició un consumidor que al comprar el producto se encontró con que no se exhibía en su rótulo la información obligatoria (Lote, RNE, Razón Social, entre otros).
La investigación determinó que “por carecer de registros de establecimiento y de product” al aceite de coco investigado se lo considera “como un producto ilegal”.
En consecuencia, la ANMAT dispuso: “Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto ‘Aceite de Coco Neutro Orgánico, marca SATTVIKKO’ por carecer de autorización de producto y establecimiento, resultando ser en consecuencia ilegal”.
La ANMAT prohibió la comercialización de dos productos médicos
ANMAT: las prohibiciones que se generaron en las últimas horas
“Se inician las presentes actuaciones en virtud de que la firma JOHNSON & JOHNSON MEDICAL SOCIEDAD ANÓNIMA informó que detectó la comercialización de los productos de la compañía “ETHICON ENDO-SURGERY, código CDH29A, serie e6e12b1, lote N4M27J” y “ETHICON ENDO-SURGERY, código CDH29A, serie 08c6356, lote N4LN22, por fuera del canal oficial de distribución”, señaló el organismo.
En ese sentido, sigue el comunicado: “los productos mencionados no han sido importados por la JOHNSON & JOHNSON MEDICAL S.A. y, según afirma la empresa y puede observarse en las fotografías remitidas como constancia, los productos no cuentan con la respectiva etiqueta de nacionalización” y que “el producto al que se hace referencia es una grapadora intraluminal, marca ETHICON ENDOSURGERY, cuyo uso se encuentra autorizado para aplicación en el tracto digestivo de las anastomosis de extremo a extremo, de extremo a lado y de lado a lado, de condición de uso “Venta exclusiva a profesionales e instituciones”.
Es por ello que “a fin de proteger a eventuales adquirentes y usuarios de los productos involucrados, la prohibición de comercialización, uso y distribución en todo el territorio nacional de los productos”.
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Fuente: ANMAT: prohibieron un aceite de coco y un producto de uso quirúrgico. Por Radio Mitre.