En febrero de este año, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), implementó un régimen de reintegros para los sujetos que perciban jubilaciones, pensiones y pensiones no contributivas que no excedan el haber mínimo, asignaciones universales por hijo y asignaciones por embarazo. El mismo tenía como fecha de vencimiento el 31 de agosto.
Con la pandemia por coronavirus de por medio, el régimen de reintegros para los sectores vulnerados ayudó en gran medida a los beneficiados. Según se anunció, el mismo se extenderá hasta el 31 de diciembre.
El mecanismo consiste en la devolución del 15% del monto total de los consumos con tarjeta de débito, en tanto no supere el máximo de $ 700 por mes y por beneficiario. En caso de percibir dos o más asignaciones (por hijo o por embarazo), el tope del reintegro es de $1.400.
Para ello es necesario que las compras:
-sean a consumidor final
-la tarjeta de débito esté asociada a la cuenta bancaria de un jubilado, pensionado o beneficiario de asignaciones universales
–el comercio esté registrado en AFIP con alguno de los códigos de actividad del Anexo.
También se aplica a las compras hechas por transferencia a través de tarjetas de débito que operen bajo la modalidad de pago electrónico inmediato y/o por códigos de respuesta rápida (QR).

La lista de los beneficiarios incluye a quienes cobran jubilación mínima, pensión mínima por fallecimiento y pensión no contributiva nacional mínima (invalidez, vejez, madre de 7 o más hijos, etc). También están incluidos quienes reciben la asignación universal por hijo (AUH) y la asignación universal por embarazo (AUE).
ANSES: quiénes cobran jubilaciones y pensiones este jueves 27 de agosto
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Fuente: Extienden el régimen de reintegros para los sectores vulnerados hasta fin de año. Por Radio Mitre.